Hace ya casi diez años que tengo este blog, pero hasta esta noche no ha sido cuando me he decidido a hablar sobre una cuestión que es muy relevante en nuestra sociedad y que a su vez está presente en el día a día de la gran mayoría de los individuos que la formamos; me estoy refiriendo, naturalmente, a las Comunidades de Propietarios. Esos organismos que aunque oficialmente no lo son, pero que de facto son entidades jurídicas que a su vez se constituyen a todos, o a casi todos los efectos, en pequeñas jurisdicciones donde un grupo determinado de ciudadanos, en este caso los propietarios y sus familias, conforman una serie de intereses comunes en las que predomina, o al menos eso debe ser lo razonable aunque en la practica no lo sea, el bien común del territorio en el que conviven. Esto lógicamente y por desgracia no funciona así, ya que luego aparecen los intereses minoritarios de algunos sectores vecinales o incluso el interés individual de algún domicilio.
Podemos decir pues que una Comunidad de Propietarios es en cierta forma un fiel reflejo de lo que constituyen las naciones con soberanía plena a la hora de ejercer y desarrollar su poder dentro del territorio que les compete. Eso sí, una Comunidad de Propietarios, como es razonable, no goza de soberanía, sino de autonomía a la hora de otorgarle la Ley ciertas competencias para que, en este caso, la Junta de Propietarios (Máximo órgano de gobierno de las fincas) tome las decisiones que consideren más oportunas en beneficio del bienestar comunitario.
Hasta ahí, todo perfecto. El problema está cuando los intereses colectivos y/o comunitarios quedan relegados a un segundo plano para convertirse en intereses particulares, a veces incluso, yendo en contra de los intereses comunes. O en aquellos otros muchos casos donde muchos individuos que, por circunstancias de la vida o porque no han conseguido llegar a ser lo suficientemente rastreros a la hora de ensalzar a sus superiores, no han podido llegar a ostentar un cargo electo en las Administraciones Públicas, o ni siquiera ir en una lista electoral. De esta forma nace lo que podemos denominar "Políticos frustrados", los cuales intentan darle sentido a su fracasada vida política convirtiéndose en presidentes de sus respectivas Comunidades de Propietarios.
Esos propietarios que ejercen la presidencia de la Comunidad y por ende, la representación legal de la misma a todos los efectos (También la civil y la penal, aunque ésto a algunos se les olvide) son los encargados, según la Ley (Principalmente la Ley de Propiedad Horizontal), de hacer ejecutar los acuerdos que la Junta de Propietarios aprueba en asamblea. ¿Cuál es el problema aquí? Que esos mismos propietarios, en muchos casos, como ya he dicho antes, ciudadanos frustrados al ver fracasada su carrera política, deciden hacer de su vecindario una especie de "Reino de taifas" donde intentan aplicar cual régimen absolutista sus decisiones, aunque estas vayan en contra de los intereses comunes. ¿Cómo lo consiguen? Presentándose de forma permanente a todas las elecciones que anualmente deben celebrarse en las Juntas Ordinarias para acto seguido ganarlas, ya sea a través del convencimiento hacia sus convecinos de que su presencia es "imprescindible" para obtener determinados "beneficios", ya sea a través de la falta de candidatos a la hora se asumir dicha responsabilidad.
Habrá quien diga "Menuda exageración". Todo lo contrario. Si de algo se caracterizan las Comunidades de Propietarios es por ser entidades en las que en cada lugar se vive una situación, cuando menos, peculiar. Desde presidentes que se creen literalmente los reyes y/o señores feudales de la finca en la que viven, a vecinos que ya sea por cuestiones de edad, por cuestiones de falta de alfabetización, por cuestiones de discapacidad, por cuestiones de irresponsabilidad, etc, deciden pasar olímpicamente de las responsabilidades y obligaciones que tienen para con la comunidad en la que residen. Algo similar a lo que vivimos en términos generales en España, donde los ciudadanos huyen de los problemas colectivos originados por el Estado con el fin de vivir tranquilamente y ajenos a las adversidades sociales. Y es que si algo hay claro en este país es que los españoles somos mucho de exigir derechos, pero de asumir pocas responsabilidades (En muchos casos, ninguna). Es entonces cuando algunos intentan aprovechar ese desinterés por lo colectivo para dar un paso al frente y tomar sus propias decisiones, aunque éstas vayan (En el modo y en el contenido) en contra de lo estipulado en las leyes.
En muchos casos, al cargo de presidente le podemos sumar el de aquél que podemos denominar "Político de lo privado": el Administrador de Fincas. Un profesional, proveniente generalmente del mundo del Derecho, que administra y gestiona las fincas de forma retributiva, y que en la mayoría de los casos es quien verdaderamente toma las decisiones como consecuencia de alguna de las cuestiones que he mencionado anteriormente, o incluso por la suma de todos esos supuestos que ya he expuesto. En algunas Comunidades, el administrador es quien dirige la misma, quedando relegado el presidente a un mero papel simbólico. Comparándolo en términos generales, podemos decir que, en estos casos, el presidente es a la Comunidad lo mismo que el rey al Estado: un símbolo y no un gestor. El administrador sería lo equiparable al presidente del gobierno y/o Poder Ejecutivo, ya que es él quien verdaderamente gestiona los intereses colectivos y ejecuta las decisiones adoptadas por la asamblea, mientras que la Junta de Propietarios sería lo equiparable al Parlamento y/o el Poder Legislativo, ya que en teoría y reitero este término, es a la Junta de Propietarios a la que únicamente le corresponde tomar las decisiones que afectan a la Comunidad (Como aprobar la elaboración de unos Estatutos de la Comunidad, las Normas de Régimen Interno, sus presupuestos anuales, etc). En otros casos, el administrador y el presidente llegan a mantener una relación bastante estrecha, a veces más de la que debieran. Es en estos casos donde existe, por así decirlo una especie de "Equilibrio de poderes", en los que el administrador y el presidente co-administran la Comunidad, y se valen del pasotismo y a veces de la ignorancia e ingenuidad de los vecinos para hacer y deshacer a su antojo en el bloque.
Es en este punto donde debo hacer hincapié sobre aquellas cuestiones irregulares que ocurren en las Comunidades de Propietarios, con independencia de cuál sea su forma de gobierno: Falsificaciones del Libro de Actas, desapariciones del mismo cuando se produce un cambio de administración y/o presidente, acusaciones por parte de algún vecino/a de supuesto enriquecimiento ilícito por parte del administrador con el objetivo de que la Junta de Propietarios lo destituya para posteriormente nombrar a ese vecino/a presidente/a de la Comunidad y/o nombrar a un administrador conocido por ese vecino/a que ha denunciado previamente en asamblea la supuesta corrupción de la anterior administración; Presidentes y administradores que hacen caso omiso a las reclamaciones de los vecinos cuando se trata de hacer públicos los presupuestos de unas obras (La construcción de un ascensor o la reedificación del edificio, por ejemplo), el nombramiento de presidente/a por parte de la Junta de Propietarios a vecinos/as que no ostentan legalmente la condición de propietarios (A veces incluso a miembros de la misma familia de un domicilio concreto), la adopción por parte del presidente y/o el administrador de medidas que no se han votado previamente en Junta, contratos con empresas conocidas por parte de la administración de la Comunidad con algún oscuro objetivo particular, negligencia por parte de los que ostentan cargos de responsabilidad en la Comunidad a la hora de cumplir sus funciones (Pasividad a la hora de velar por el estado de una obra que puede poner en riesgo la integridad física de las personas, etc), amenazas a los vecinos por parte de algún integrante de la administración de la Comunidad, coaccionar desde su posición de presidente/a y/o administrador a los propietarios con el fin de obtener algo a cambio, presidentes y/o administradores confabulados para emprender acciones ilegales y/o enriquecimientos ilícitos, la no publicación regular del estado de cuentas en el tablón de anuncios, la no remisión a los vecinos de las actas de las asambleas, denuncias por parte de la administración de la Comunidad contra vecinos sin tener la Junta de Propietarios conocimiento ni aprobación previa de estas medidas, ultimátums ilegales por parte de los miembros de la administración de la Comunidad para que los vecinos paguen derramas que no han sido aprobadas en asamblea, etc.
En definitiva, son muchas las irregularidades que se cometen en el día a día de una administración de fincas. Como ya he dicho, las Comunidades de Propietarios suelen ser, en términos pequeños, un ejemplo muy similar a los de un Estado, ya que cada individuo mira por sus propios intereses, y no desea bajo ningún concepto "pringarse" por los problemas que en realidad le atañen, pero que el propio sujeto prefiere mirar para otro lado. Otro ejemplo más cercano a las Comunidades lo encontramos en los Municipios, donde las peculiaridades en cada Ayuntamiento (Especialmente en los de los Municipios más pequeños), los conflictos y rencillas vecinales y las irregularidades en el funcionamiento de la administración son muy equiparables a los de una Urbanización, Comunidad de Propietarios, e incluso Mancomunidades de Propietarios, con la diferencia de que en este último predominan los intereses privados del recinto, mientras que en los del Municipio priman los intereses públicos del territorio. Personalmente creo que habría que reformar las leyes concernientes sobre la regulación de estas entidades, y a la vez aprobar medidas más drásticas a la hora de controlar la gestión de las Comunidades de Propietarios, ya que en muchos casos se dan las circunstancias en que aquellos que ostentan cargos de responsabilidad en la Comunidad se aprovechan, se burlan e incluso engañan a vecinos que depositan su confianza en personas que miran más por sus intereses particulares que por los intereses comunitarios. En otras, por el contrario, la corrupción y las irregularidades por parte de la administración de la Comunidad es generalmente conocida, aunque amparada, perdonada, justificada e incluso aplaudida por la mayoría de los vecinos, con tal de hacer la vista gorda y no asumir éstos sus responsabilidades, así como denunciar la violación de sus derechos como propietarios. Y si en determinadas circunstancias, algún vecino denuncia dicha corrupción, éste se queda solo a la hora de dar un paso al frente, ante la cobardía, complicidad, sumisión y/o irresponsabilidad del resto de los convecinos para con la administración comunitaria, cuyos componentes contemplan entre el asombro y las risas cómo sus actos ilegales e ilícitos son inmunizados por la mayoría de los propietarios afectados. Esta es la triste y cruda realidad en la que viven muchas Comunidades de Propietarios. Y es que si una cosa queda clara de todo esto es que tu vecino más cercano puede ser, a veces sin que tú lo sepas, tu mayor enemigo y tu peor verdugo.
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