lunes, 25 de marzo de 2019

Una crisis constitucional silenciosa

Un episodio de la historia contemporánea de España que ha sido bastante infravalorado y poco analizado entre historiadores y juristas en estos 134 años (Supongo que para no perjudicar la imagen de la monarquía española) es el periodo que comprende entre noviembre de 1885 y mayo de 1886. Es decir, el periodo que abarca entre el fallecimiento del rey Alfonso XII y el nacimiento del que desde su llegada al mundo tendría trato de rey de España: Alfonso XIII. En el momento de la muerte de Alfonso XII por tuberculosis (Falleció a sólo tres días para cumplir los 28 años), la hasta entonces esposa del rey y reina consorte de España, María Cristina de Habsburgo y Lorena ("Doña Virtudes" para el pueblo español), anuncia de forma pública que se encuentra en su tercer mes de su nuevo embarazo. Antes de esto, los reyes ya habían sido padres de dos niñas; La que en ese momento era princesa de Asturias, María de las Mercedes de Borbón y Habsburgo-Lorena, y la infanta María Teresa de Borbón y Habsburgo-Lorena.

Siguiendo lo establecido en la Constitución de 1876 elaborada por Cánovas, el proceso constitucional que se debería haber producido tras el fallecimiento de Alfonso XII hubiese sido el de proclamar de forma inminente a la entonces princesa de Asturias como nueva reina titular de España a la vez que María Cristina asumiese las funciones de jefa del estado en calidad de reina-regente durante la minoría de edad de la nueva reina. Sin embargo, y para sorpresa de todos, tras el anuncio de María Cristina, el gobierno saliente de Cánovas y el nuevo gobierno de Sagasta acuerdan suspender todo proceso de proclamación de la heredera al trono, pero sí activa el mecanismo previsto en el título VIII de la por entonces Carta Magna: María Cristina asume de forma inminente las funciones de reina-regente del Reino de España sin que la nación tenga una reina titular. Este hecho se lleva a efecto con el fin de esperar al nacimiento del tercer hijo de los reyes y su proclamación o no como rey según el sexo del recién nacido.

Con esta estratagema jurídico/política, la reina María Cristina jura lealtad a la Constitución ante el gobierno el 27 de noviembre y ante el Congreso de los Diputados el 30 de diciembre de 1885, jurando lealtad al heredero de la corona, el cual no se sabía quién era en aquel entonces, si la niña huérfana de padre que se encontraba al lado de su progenitora en el momento de su juramento, o quien en aquel momento se formaba en el vientre de la nueva regente. De esta forma, España vivió una situación anómala e inconstitucional durante medio año. Una nación sin rey ni reina, pero con una regente que gobernaba en su nombre sin que existiese dicho titular, ya que ni María de las Mercedes había sido proclamada reina ni el futuro Alfonso XIII había nacido aún. De hecho, si uno consulta la Gaceta de Madrid (Predecesora del actual Boletín Oficial del Estado) encontrará que en los documentos oficiales, la reina-regente María Cristina firma sin hacer la tradicional mención que los monarcas regentes suelen efectuar en estos casos en los documentos públicos: "En nombre de...". Esta mención no aparece en ningún documento público de la Gaceta desde noviembre de 1885 hasta mes de mayo de 1886. Tras el nacimiento de Alfonso XIII, la mención "En nombre de..." sí aparece finalmente en los documentos oficiales.

Por mi parte, ante tan disparatada cuestión, formulé dicho episodio ante mi profesor de Derecho Constitucional, el cual me respondió que el procedimiento sí entraba dentro de los cauces legales, ya que María Cristina ejercía su regencia en nombre de un "Nasciturus". El problema viene si tenemos en cuenta que el término "Nasciturus" viene incluido en el Código Civil, el cual data de 1889 (Su promulgación la firmó la propia María Cristina), es decir, cuatro años después de consumarse este hecho, con lo que el procedimiento se entiende ilegal si nos ajustamos al Derecho, ya que por entonces no había ninguna norma legal que regulase este supuesto. Cabe destacar que "Curiosamente" esta situación excepcional no fue tenida en cuenta por los sectores republicanos ni carlistas de la época. De haberse producido, quizás la historia de España podría haber sido otra muy distinta de la que conocemos hoy en día. Posiblemente una guerra civil hubiese estallado de no ser por el silencio de los sectores contrarios a la permanencia de la dinastía Borbón en nuestro país. Finalmente, el 17 de mayo de 1886 nacería Alfonso XIII, el cual sería proclamado de forma inminente nuevo rey de España tras seis meses de "Trono vacante" en un sistema de gobierno monárquico.

De esta forma nacería aquél que "Provocó" de forma inconsciente y sin haber nacido aún la primera y silente crisis constitucional en la España de la Restauración. Una crisis constitucional producida por el propio rey que 37 años después provocaría (Esta vez de forma consciente, o quizás no...) una nueva crisis del sistema de la Restauración de 1876: El golpe de estado de Miguel Primo de Rivera y la suspensión de la norma suprema que Antonio Cánovas del Castillo elaboró tras la llegada de Alfonso XII: La Constitución de 1876.

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